REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 6 de agosto de 2015.
205° y 156º

Vista la diligencia de fecha 3 de agosto de 2015, suscrita por la abogado ORALIS RIGAUD PICO, Inpreabogado No. 210.703, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, sociedad de comercio CINDU DE VENEZUELA, S.A., con facultades expresas para desistir y disponer del derecho en litigio, según consta de instrumento poder inserto a los folios 79 y 81 del presente expediente, mediante la cual DESISTE del Recurso de Apelación interpuesto en fecha 26 de junio de 2015, contra la sentencia dictada por este Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en fecha 19 de junio de 2015; en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, asimismo, se deja constancia que visto que la parte actora igualmente ejerció recurso de apelación, se llevara acabo la audiencia pautada para el Lunes 10 de Agosto de 2015 a las 11:00 a.m.; todo ello, en el juicio que por diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales que sigue el ciudadano JOSE NUNO DORES SEQUEIRA JUDITH contra CINDU DE VENEZUELA, S.A. Se condena en costas del recurso por el desistimiento conforme al artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ GÉNESIS URIBE ROMERO
SECRETARIA

Asunto No. AP21-R-2015-000963
JCCA/GU/ksr.