REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cinco (5) de agosto de dos mil quince (2015)
205º y 156º
ASUNTO: AP31-S-2014-006905
En virtud de que la DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ, fue designada Juez Titular de este Tribunal, mediante oficio No. CJ-15-1069 de fecha 20 de abril de 2015, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia y debidamente juramentada y habiendo tomado posesión del Tribunal mediante acta No. 02 de fecha 06 de mayo de 2015, se aboca al conocimiento de la presente causa la cual continuará su curso legal.
Visto el escrito de solicitud de Título Supletorio y los recaudos anexos, presentado por la ciudadana MARIA ALEIDA MANTILLA DE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad No. 13.608.714, asistida por la abogada CELIA MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 66.554, a través del cual solicita se le otorgue titulo de propiedad sobre la construcción de una casa, que según su decir esta ubicada en el Barrio Maca, Sector El Naranjal, Parcelamiento Las Antenas, Casa No. 29, Parroquia Petare, Municipio Sucre, Estado Bolivariano de Miranda en terreno propiedad con un tercero según documento protocolizado en el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda.
No fueron traídos a los autos, el mencionado documento de propiedad, así como tampoco documento de autorización por parte de su comunero de construir las referidas bienhechurías por lo que mal puede este Juzgado otorgar Título de propiedad a favor de uno solo de los comuneros pues de conformidad con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil, que establece que le propietario del suelo hace suyo todo lo construido encima o debajo de él. Y así se establece.
En consecuencia de todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia niega la solicitud de título supletorio de (propiedad) presentado por la ciudadana MARÍA ALEIDA MANTILLA DE RODRIGUEZ, identificada en autos. Y así se decide.-
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

LA SECRETARIA


ABG. DALIZ BERNAVI ALVAREZ