REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
205º y 156º
Caracas, 17/12/2015

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la ciudadana CATALINA CHÁVEZ DE FUENTES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V.-1.710.147, y/o en las personas de cualquiera de sus apoderados judiciales ciudadanos LIGIA NAKARÍ GUILLÉN DIEPPA, y YARAIMA RODRÍGUEZ abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 84.242 y 64.597, respectivamente, quienes actúan como PARTE ACTORA y, a la ciudadana HIGIA THAIS VÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V.-4.975.867, y/o en las personas de su apoderado judicial, la ciudadana MAGALY ALBERTI, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 4.448, en su carácter de PARTE DEMANDADA. Que este Tribunal en fecha doce (12) de febrero de 2015, dictó sentencia definitiva, en el expediente número antiguo AP11-R-2009-000014, ASUNTO: 0938-14 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por DESALOJO (Apelación) sigue la ciudadana CATALINA CHÁVEZ DE FUENTES, en contra de la ciudadana HIGIA THAIS VÁSQUEZ, ampliamente identificadas en autos. El referido Cartel de Notificación deberá ser publicado en la cartelera de este Tribunal y en la del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia y, una vez que conste en autos su publicación transcurrirán diez (10) días de despacho para darse por notificados. Cumplidos éstos, comenzará a transcurrir el lapso correspondiente para que las partes ejerzan sus respectivos derechos. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil y, los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
Dra. ADELAIDA SILVA MORALES


ASM/SR/03
Asunto Antiguo: AP11-R-2009-000014
Exp. Nº 0938-14