N° DE EXPEDIENTE: AP21- L- 2015 -002865
PARTE ACTORA: LUISA VICTORIA TORRES GOENAGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 11.551.455.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Rene Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 103.187
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD VIP 3000 C.A
APODERADO DE LAS PARTE DEMANDADA SEGURIDAD VIP 3000 C.A: JESUS RAMON MEDINA ZABALA, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 99.956.
SOLICITUD: HOMOLOGACIÒN DE DESISTIMIENTO.

Vista la diligencia de fecha 30 de noviembre de 2015, consignada por la ciudadana LUISA VICTORIA TORRES GOENAGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 11.551.455, asistida por el ciudadano Rene Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 103.187, a través de la cual desiste formalmente del presente proceso, y revoca al abogado José Fajardo, y finalmente, solicita que las pruebas consignadas en la audiencia preliminar le sean entregadas, en el proceso incoado en contra de la parte demandada SEGURIDAD VIP 3000 C.A.
En consecuencia, vista la solicitud interpuesta por la parte demandante ciudadana LUISA VICTORIA TORRES GOENAGA, ut supra identificada, en fecha 30 de noviembre de 2015, este Juzgado Trigésimo Noveno (39) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCESO en la acción incoada por la ciudadana LUISA VICTORIA TORRES GOENAGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 11.551.455, asistida por el ciudadano Rene Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 103.187, en contra de la demandada la sociedad mercantil SEGURIDAD VIP 3000 C.A, a tenor de lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente al proceso laboral, de conformidad con lo pautado, en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Se ordena la devolución de las pruebas solicitadas por la parte demandante ciudadana LUISA VICTORIA TORRES GOENAGA, pruebas consignadas en la audiencia preliminar.

Se da por terminado el proceso, y se ordena el archivo del expediente.

El Juez


Francisco Javier Río Barrios

La Secretaria
Génesis Uribe