REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, dieciocho (18) de diciembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º

ASUNTO: AP31-S-2015-004230

SOLICITANTE: MILAGROS JOSEFINA MÁRQUEZ DE SAVINO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 8.548.175.
ABOGADO APODERADO DE LA SOLICITANTE: DELSO HERNÁNDEZ ESTEVES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.282.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
I
Conoce este Tribunal de la presente solicitud, presentada por el abogado DELSO HERNÁNDEZ ESTEVES. Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.282, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MILAGROS JOSEFINA MÁRQUEZ DE SAVINO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad. Alega la solicitante que nació el once (11) de julio del año mil novecientos sesenta (1960), que fue presentada por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria del Departamento Libertador del Distrito Federal, que su madre es CARMEN BENIGNA ALVAREZ DE MÁRQUEZ, según Acta No. 584, inserta en el libro de Registros del año 1961, la misma que el nombre de su padre fue omitido, siendo esto incorrecto, debiendo de decir que su padre es MARQUEZ BENIGNO, siendo este el nombre a incluir, por lo que la corrección debe versar sobre: PRIMERO: donde dice “…CARMEN BENIGNA ALVAREZ DE MARQUEZ, quien es su madre, viuda …”, debe decir que sus padres son “…CARMEN ALVAREZ DE MÁRQUEZ y BENIGNO MÁRQUEZ …”.
En fecha 15 de julio del 2015, se admitió la solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público, en esa misma fecha se libró edicto.
En fecha 22 de julio de 2015, compareció el abogado DELSO HERNÁNDEZ ESTEVES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.282, en su carácter de apoderado judicial de la solicitante, mediante la cual retiró por la taquilla de la OAP, Edicto de fecha quince (15) de julio de 2015.
En fecha 28 de julio de 2015, compareció el abogado DELSO HERNÁNDEZ ESTEVES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.282, en su carácter de apoderado judicial de la solicitante, a los fines de consignar Edicto publicado en El Diario “Ultimas Noticias”, librado en fecha 15 de julio de 2015.
En fecha 5 de noviembre de 2015, compareció el abogado DELSO HERNÁNDEZ ESTEVES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.282, en su carácter de apoderado judicial de la solicitante, mediante la cual consignó fotostatos del escrito de solicitud y del auto de admisión, a los fines de la elaboración de la boleta de notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual fue elaborada en fecha 12 de noviembre de 2015.
En fecha 23 de noviembre de 2015, compareció el ciudadano JULIO ECHEVERRÍA, Alguacil adscrito a este Circuito Judicial, consignó boleta de notificación librada al Fiscal Nonagésimo Primero (91°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, debidamente firmada y sellada.
En fecha 15 de diciembre de 2015, compareció la Abogada MADELAINE AGREDA ADAMS, en su carácter de Fiscal Provisoria de la Fiscalía Nonagésima Primera (91º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, mediante diligencia señalo que se da por notificada y nada tiene que objetar en cuanto a la misma.
II
Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO No. 584 del año 1961, que reposa en la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, en fecha 21 de febrero de 1961, en los siguientes términos: PRIMERO: donde se lee “…CARMEN BENIGNA ALVAREZ DE MÁRQUEZ …”, debe leerse que sus padres son “… CARMEN ÁLVAREZ DE MÁRQUEZ y BENIGNO MÁRQUEZ…”.
Publíquese, Regístrese, y Déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del dos mil quince (2015). Años: 205º y 156º.
LA JUEZ TITULAR,


ABG. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA


ABG. DALIZ BERNAVI ALVAREZ

En esta misma fecha siendo las dos horas y cuarenta y seis minutos de la tarde (2:46 p.m.) 1se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA


ABG. DALIZ BERNAVI ALVAREZ