REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL VIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
205° y 156°

SOLICITANTE: ISABEL TERESA BRIZUELA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-2.966.023.
ABOGADA ASISTENTE: FLOR ELVIRA BERRIOS, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 108.357.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
TIPO DE SENTENCIA: Definitiva.
Expediente Nº AP31-S-2015-000139
- I -
DE LA PRETENSION

Se inicia el presente procedimiento, a través de escrito presentado en fecha 13 de enero de 2015, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (U.R.D.D.) por la ciudadana Isabel Brizuela, debidamente asistida por la abogada Flor Elvira Berrios, plenamente identificadas, y recibida ante este Tribunal en fecha 13 de enero de 2015, a los fines de requerir la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO número 2312, año 1946, la cual corre inserta por ante los Libros de Actas de Nacimiento de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital. En ese sentido manifiesta el Apoderado, que se incurrió en un error material al identificar a su madre como “…MARÍA BRIZUELA…” siendo lo correcto “…HIPOLITA BRIZUELA…” por lo que solicita se ordene la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO signada bajo el número 1946, de fecha 07 de junio de 1946.
En fecha 22 de enero de 2015, se le dio entrada a la causa y se instó a la solicitante a consignar en autos el acta de nacimiento de la ciudadana Hipólita Brizuela.
En fecha 04 de mayo de 2015, el Tribunal Admitió la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, ordenó notificar al Fiscal del ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en el diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin que hicieran parte en el presente procedimiento. Igualmente ordenó a los solicitantes a presentar a dos (02) personas que tengan conocimiento del asunto y den razones fundadas de sus dichos y expongan lo que crean pertinente. En esa misma fecha se libro cartel de emplazamiento.
En fecha 25 de marzo de 2015, compareció la apoderada judicial Flor Berrios, antes identificada, y consigna cartel publicado el Diario Ultimas Noticias.
Mediante descargos de fecha 07 de abril de 2015, se evacuó el testimonio de los ciudadanos Belén Angelina Berrios e Ivon del Carmen Orellana de Mendoza, titulares de las cédulas de identidad números V-4.825.459 y V-6.897.791, respectivamente.
Mediante auto de fecha 06 de mayo de 2015, se libro boleta de notificación al fiscal del Ministerio Publico, dando cumplimiento al auto de admisión.
Compareció en fecha 26 de mayo de 2015, el Alguacil Titular Miguel Villa adscrito a la Coordinación de Alguacilazgo de los Tribunales y consignó la boleta de notificación debidamente firmada y sellada por la Fiscalía 97° del Ministerio Público.
Compareció en fecha 25 de septiembre de 2015, la abogada MARÍA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, en su carácter de Fiscal Provisorio Nonagésima Séptima (97º) del Ministerio Público, quien señalo al Tribunal que se han cumplido todos los requisitos legales a los que se refiere la normativa y en consecuencia nada tiene que objetar a la referida solicitud.

Para probar lo alegado, el solicitante consignó:
- Copia del Acta de Nacimiento número 2312, de fecha 07 de junio de 1946, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, de la ciudadana RAMONA ANTONIA LEON BRIZUELA, cursante en autos, en la que se evidencia el error manifestado por la solicitante en el nombre de su madre, y por constituir dicha Acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
- Copia del Acta de Defunción número 42, de fecha 01 de marzo de 1994, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de Enero del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, de la ciudadana HIPOLITA BRIZUELA, cursante en autos, en la que se evidencia el error manifestado por la solicitante en el nombre de su madre, y por constituir dicha Acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
- Copias de las cédulas de identidad de las ciudadanas Hipólita Brizuela y Ramona Antonia Brizuela.
- Testimoniales de fechas 07 de abril de 2015, de los ciudadanos Belén Angelina Berrios e Ivon del Carmen Orellana de Mendoza, titulares de las cédulas de identidad números V-4.825.459 y V-6.897.791, respectivamente; quienes declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento; Este Tribunal las aprecia en todo su alcance probatorio, conforme lo prevé el artículo 1392 del Código Civil, y así se declara.
II
MOTIVACION

Analizadas las pruebas presentadas por la solicitante este Órgano Jurisdiccional considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento número 2312, de fecha 07 de junio de 1946, inserta en el libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por el Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, en cuanto al error cometido en dicha acta.
- III -
DECISIÓN

Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL VIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO número 2312, peticionada por la ciudadana ISABEL TERESA BRIZUELA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, divorciada, titular de la cédula de identidad número V-2.966.023, asistida por la abogada FLOR ELVIRA BERRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 108.357.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO número 2312, en lo que respecta al Acta de Registro de Nacimiento donde dice: “…MARÍA BRIZUELA…” debe decir “…HIPOLITA BRIZUELA…” siendo esto lo correcto.
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión al Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, y al Registrador Principal del Distrito Capital, respectivamente, a los fines que estampe la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento número 2312, de fecha 07 de junio de 1946, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 502 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes, una vez consten en autos los fotostátos respectivos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA, conforme lo prevé el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de dos mil quince (2015). Años 205° DE LA INDEPENDENCIA y 156° DE LA FEDERACIÓN.
LA JUEZ.
Dra. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE.

LA SECRETARIA.
Abg. MARÍA VIRGINIA SOLORZANO.

En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA.

Abg. MARÍA VIRGINIA SOLORZANO.


AAML/MVS/w
EXP. AP31-S-2015-000139