REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 7

DISPOSITIVA

Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Tercero (3º) en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la que decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano MOISES EDUARDO MARTINEZ CARRILLO, titular de la cédula de Identidad Nº 22.913.283, y en su lugar se DECRETA la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del prenombrado ciudadano.

Publíquese, regístrese y diarícese en los libros correspondientes llevados por este Órgano Colegiado. Remítase la presente incidencia así como el expediente original al Juzgado de origen en su debida oportunidad legal.

Dada, firmada y sellada en la Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas a los veinte (20) días del mes de enero de de 2015, a los 203° años de la Independencia y 155° de la Federación.

EL JUEZ PRESIDENTE,

LUIS RAMÓN CABRERA ARAUJO

LA JUEZ PONENTE, LA JUEZ,

MARIA ANTONIETA CROCE ROMERO VERÓNICA ZURITA PIETRANTONI


LA SECRETARIA,

KENIA CARRILLO GALVAO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el fallo que antecede y se publico la presente decisión quedando signada bajo el Nº________________ siendo las _________________

LA SECRETARIA,

KENIA CARRILLO GALVAO

Exp: Nº 4758-14
MACR/VZP/LRCA/mmc