REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 28 de enero de 2015
204° y 155°
ASUNTO: AP21-R-2014-001873
PRINCIPAL: AP21-L-2014-001768
En el juicio seguido por, EZEQUIEL GARCÍA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 5.084.504; contra la entidad de trabajo, de este domicilio, PROCESADORA CARNICA INDUSTRIAL, C.A. (PROCAINCA), inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 14 de agosto de 1997, bajo el N° 24, tomo 407-A-Sgdo.; el Juzgado 12° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial, en fecha 13 de noviembre de 2014, dictó decisión por la cual negó la admisión de la tercería propuesta por la parte demandada.
Contra esta decisión ejerció recurso de apelación la parte afectada por la misma, o sea, la demandada, por lo cual subieron las presentes actuaciones este Juzgado Suprior, que por auto del 20 de enero de 2014, las dio por recibidas, y fijó para el día de hoy, 28 de enero de 2014, a las 11:00 de la mañana, la oportunidad para la celebración de la audiencia de parte.
Anunciada la referida audiencia, el Tribunal dejó constancia de la incomparecencia a la misma de las partes, por lo cual, se declaró desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la auto del Juzgado 12° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, de fecha 13 de noviembre de 2014, en el juicio seguido por EZEQUIEL GARCÍA contra, PROCESADORA CARNICA INDUSTRIAL, C.A. (PROCAINCA), y ordenó la remisión del expediente al Juzgado de origen; y estando en la oportunidad de la publicación del fallo íntegro en el sistema juris 2000 de este Circuito Judicial, lo hace en los términos que han quedado expuestos.
En razón de lo expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado 12° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, de fecha 13 de noviembre de 2014, en el juicio por reclamación de prestaciones sociales que sigue, EZEQUIEL GARCÍA, contra la entidad de trabajo, PROCESADORA CARNICA INDUSTRIAL, C.A. (PROCAINCA); se imponen la costas del recurso a la parte demandada recurrente por haber quedado desistido el recurso interpuesto. Remítase el expediente al Tribunal de origen.
Regístrese, publíquese y déjese copia,
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de enero de dos mil quince. Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
El Juez,
Asdrúbal Salazar Hernández
La Secretaria,
Sherlymar Urbina
En la misma fecha, veintiocho (28) de enero de dos mil quince (2015), se registró y publicó la anterior decisión, en horas de despacho y previas las formalidades de Ley.
La Secretaria,
Sherlymar Urbina
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