REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 16 de enero del 2015
204º y 155º

Vista la diligencia de fecha 12 de enero del 2015, suscrita por el ciudadano Soublette García Jesús, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.949.696, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 193.139, actuando en este acto por delegación del Procurador General del Estado Vargas, ciudadano Pedro José Rodríguez Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.139.243, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.388, mediante la cual solicita a este Tribunal sean calculadas las costas del Proceso de conformidad con lo establecido en los artículos 291 y 327 del Código Órganico Tributario, interpuesto en el Juicio Ejecutivo, en la sociedad mercantil “RUTAS AEREAS DE VENEZUELA, C.A”, contra el acto administrativo Resolución N° SATVAR-GDGT-RIS-050-2013 de fecha 08 de octubre de 2013, y acto administrativo Nº SATVAR-GDGT-I-038-13 de fecha 26 de abril de 2013, emanadas de la Superintendencia de Administración Tributaria del estado Vargas (SATVAR), mediante el cual solicita el cobro de la cantidad de un millón dieciocho mil trescientos cincuenta y tres bolívares con nueve céntimos (1.018.353,09), por concepto de incumplimiento de deberes formales y materiales correspondientes al mes de febrero del 2013, especificada en la Resolución N° SATVAR-GDGT-RIS-050-2013 de fecha 08 de octubre de 2013, y acto administrativo Nº SATVAR-GDGT-I-038-13 de fecha 26 de abril de 2013, emanadas de la Superintendencia de Administración Tributaria del estado Vargas (SATVAR).
En consecuencia, ante el pedimento efectuado por la Representante de la República, el Tribunal ordena el cálculo de costas en una cantidad de dinero equivalente al 2% de la cantidad de un millón dieciocho mil trescientos cincuenta y tres bolívares con nueve céntimos (1.018.353,09).
El Juez Titular,




Ricardo Caigua Jiménez.

La secretaria,





Hilmar Elena Rocha Esaá.


Asunto Nº AP41-U-2014-000288
RCJ/eli.