REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 12 de enero de 2015
204º y 155º

ASUNTO: AH19-X-1998-000039
Con vista a la diligencia inserta en la pieza principal II del presente asunto distinguido bajo el Nº AH19-V-1998-000034, suscrita por la abogada MATILDE MARTÍNEZ VALERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.698, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil: IINVERSORA MULTINACIONAL 8, C.A., en su condición de adjudicataria de los inmuebles rematados en la presente causa y en atención al pedimento en ella contenida, este Juzgado al respecto observa, como quiera que se han cumplido con todos los requisitos exigidos por la Ley, los cuales está Juzgadora debe velar y preservar para mantener el orden del proceso, y debido a que consta en los autos procesales que conforman el Presente Expediente, Acto de Remate celebrado en fecha once (11) de julio de dos mil (2000), en el cual fue ordenada la suspensión de las medidas decretadas y ejecutadas en la presente causa, es por lo que este Tribunal SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha doce (12) de agosto de mil novecientos noventa y ocho (1998), la cual fue debidamente participada en fecha primero (1º) de octubre de mil novecientos noventa y ocho (1998), mediante Oficio No 422/98, dirigida al Registrador Subalterno del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio Libertador del Distrito Federal (Hoy Registro Público del Quinto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital); y la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por este Juzgado en fecha veintinueve (29) de abril de mil novecientos noventa y nueve (1999), y debidamente practicada por la Oficina Novena Ejecutora de Medidas Ejecutivas y Preventivas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha diecinueve (19) de mayo de mil novecientos noventa y nueve (1999), y posteriormente participada al Registrador Subalterno del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio Libertador del Distrito Federal (Hoy Registro Público del Quinto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital), según Oficios Nos 646-99 y 346/99; de fecha veintiuno (21) de mayo de mil novecientos noventa y nueve (1999) y nueve (9) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999), respectivamente; sobre los bienes inmuebles que se describen a continuación:

“… Dos (2) locales comerciales bajo el régimen de propiedad horizontal con todos sus anexos, distinguidos como LOCAL SOTANO y LOCAL UNO, que forman parte del Edificio FESAL, Ubicado en la Avenida Este 2, entre las Esquinas de Tracabordo a Miguelacho, Jurisdicción de la Parroquia La Candelaria Municipio Libertador del Distrito Federal, y que tienen las siguientes características particulares: LOCAL SOTANO: Está situado en la Planta Sótano del Edificio, tiene una superficie aproximada de SETECIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (751,56 Mts2), cuyos linderos son: NORTE: Con muro de contención, Norte del Edificio; SUR: Con el local denominado Local Uno (1), en el último eje de columnas; ESTE: Con muro de contención Este del Edificio; y OESTE: Con muro de contención Oeste del Edificio, el cual tiene acceso a través de la rampa que parte de la Planta Baja.- LOCAL UNO (1): Está situado en la Planta Baja del Edificio, tiene una superficie aproximada de CIENTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON DOS DECIMETROS CUADRADOS (195,02 Mts2), discriminada así: Un área de Nueve Metros con Noventa y Un Decímetro Cuadrado (9,91 Mts2), en el Nivel Sótano, un área de Ciento Cincuenta y Cinco Metros Cuadrados con Sesenta y Tres Decímetros Cuadrados (155,63 Mts2), en el Nivel Planta Baja y un área de Veintinueve Metros Cuadrados con Cuarenta y Ocho Decímetros Cuadrados (29,48 Mts2), en un Nivel entre Planta Baja y Sótano, y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En parte con el Hall de entrada del Edificio y en parte con el Local denominado “Local Dos (2)” y con el “Local Sótano”; SUR: Con fachada Sur del Edificio y con el Local denominado “Local Dos (2)”; ESTE: Con fachada Este del Edificio; y OESTE: Con el Local denominado “Local Dos (2)” hasta el fondo del Edificio. Dichos inmuebles pertenecieron a los ejecutados JAIME ANTONIO RAMIREZ ARROYAVE y LUZ MARINA DOMINGUEZ TORRES, en una proporción de un Cuarenta por Ciento (40%) y de un Sesenta por Ciento (60%) respectivamente, según consta de Documentos que fueron Protocolizados por ante la Oficina Subalterna del Segundo (hoy Quinto) Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal: Los correspondientes al SOTANO, en fecha 27 de noviembre de 1997, bajo el Nº 03, Tomo 07, Protocolo 1º y bajo el Nº 35, Tomo 06, Protocolo 1º; y los correspondientes al LOCAL UNO (1), en fecha 26 de noviembre de 1997, bajo los Nos 31 y 30, Tomo 6, Protocolo Primero. Los inmuebles deslindados anteriormente, fueron adjudicados según Remate Judicial a la sociedad mercantil INVERSORA MULTINACIONAL 8, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 22 de diciembre de 1993, bajo el Nº 30, Tomo 116-A-Pro., cuya última modificación estatutaria quedó inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 8, Tomo 27-A-Pro., en fecha 2 de febrero de 1995. …”

En tal sentido se ordena librar el Oficio respectivo al Registro correspondiente. Líbrese Oficio. CÚMPLASE.-
LA JUEZ,
CAROLINA GARCIA CEDEÑO.-
EL SECRETARIO,
CARLOS TIMAURE ALVAREZ