ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-003554

PARTE ACTORA: EDINSON VELANDIA ROZO, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 2.407.713.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: no acreditó.

PARTE DEMANDADA: PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA LA KROCCANTE, C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ELY MENDOZA y OSCAR SPECHT, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 121.997 y 32.714, respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy lunes 26 de enero de 2015, siendo las nueve de la mañana (09:00 am.), oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto con las formalidades de ley, se deja constancia de la abogada YUDVELIN LORETO, abogada en ejercicio en inscrita en el Inpreabogado Nº 139.297, quien dijo ser apoderada judicial de la parte actora. En este estado este Juzgado verificados las actuaciones del perécete asunto evidenció que no consta a los autos sustitución de poder alguno. Asimismo se deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos ELY MENDOZA y OSCAR SPECHT, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 121.997 y 32.714, respectivamente, cuyo poder constan a los autos a los folios 24 al 26 ambos inclusive de la pieza principal de la presente causa. En este estado este Juzgado vista la incomparecencia de la parte actora a este acto, es forzoso declarar la consecuencia jurídica establecida en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, como lo es el Desistimiento del Procedimiento y así se establece. Téngase la presente acta como sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva. Es todo, se leyó y conformes firman.


EL JUEZ,

Abg. NELSON DELGADO.

ABOGADA YUDVELIN LORETO



APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA



LA SECRETARIA,

ABG. ANA BARRETO