REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 16 de Enero de 2015.
204º y 155º.

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogada en ejercicio ANDREA YISSEL SANTACRUZ SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 136.655, mediante la cual consignó dos (2) juegos de copias simples a los fines de su certificación, este Tribunal a los fines de proveer observa:
Que de una exhaustividad revisión efectuada a las actas procesales en la presente solicitud, se pudo constatar que no cursa el auto que declara la respectiva EJECUCIÓN de la sentencia dictada en fecha 13 de Diciembre de 2012 motivo por el cual se niega lo solicitado. Así se establece.-
LA JUEZ,

MARÍA DEL CARMEN GARCÍA HERRERA.
LA SECRETARIA,

ARELIS FALCÓN

Exp. AP31-S-2011-007790/MCGH/AF/Brayan A.