ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-003675
PARTE ACTORA: JOSE ELIS RUJANO LEMONACO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GLORIA PACHECO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES HOMDECOL CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LESBIA MARQUEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 6 de Febrero de 2015 siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano JOSE ELIS RUJANO LEMONACO, titular de la cédula de identidad número 8.088.685 en su carácter de parte actora conjuntamente con su apoderada judicial, abogado en ejercicio GLORIA PACHECO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.723 y por la parte demandada, su apoderado judicial, abogado en ejercicio LESBIA MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 49.827 quien acredita la representación mediante la consignación de instrumento poder. Ambas partes promueven pruebas. En este estado, escuchadas las partes y visto que la demandada alegó no adeudar ni concepto ni monto alguno al trabajador, en virtud que presentó formal renuncia a su cargo y canceló sus prestaciones sociales; este Tribuna procedió a revisar cada una de las pruebas aportadas y mostráselas al trabajador para que manifestara si efectivamente había cobrado los montos allí señalados así como la carta de renuncia, el actor señaló al Tribunal que efectivamente todo era cierto; por lo que se procedió a verificar los cálculos y se logró determinar que la demandada cumplió a cabalidad con su obligación; en tal sentido, el trabajador, ciudadano JOSE ELIS RUJANO desiste de la demanda, por cuanto se verificó el pago.Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándole efectos de la Cosa Juzgada . Se devuelve a las partes las pruebas aportadas
El Juez


Abg. Neyireé Toledo

Parte Actora

Parte Demandada



LA Secretaria