REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Octavo (18°) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de febrero del año dos mil quince (2015)
204º y 155º
ASUNTO: AP21-S-2015-000228
Mediante diligencia suscrita el 06 de febrero de 2015, la abogada Johana De la Rosa, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 185.900, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente Allergan de Venezuela, C.A. -según se evidencia de sustitución de poder cursante en autos-, estando facultada para ello, en nombre de su representada desiste formalmente de la oferta real de pago presentada a favor del ciudadano Luis Jiménez; en tal sentido, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en los términos expuestos, y en consecuencia, se da por terminado el presente asunto. Así se establece.
La Juez,
Abg. María Mercedes Millán
La Secretaria,
Abg. Omaira Alejandra Uranga
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