REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 6 de febrero de 2015
204º y 155º

Asunto N°: AP41-U-2012-000031 Sentencia Interlocutoria Nº 0016/2015

Visto el Memorando identificado con las letras y números OFLIB (60801)-7411 de fecha 29/01/215, emitido del Banco del Tesoro Banco Universal, con el cual remite información relacionada con la certificación de los depósitos por los montos (Bs 64.760,30) y (Bs 2.372,96) realizados a favor de la Tesorería Nacional por la contribuyente VENINFOTEL COMUNICACIONES (VITCOM), C.A, información que había sido requerida previamente por este Órgano Jurisdiccional mediante oficios Nros, 10.799, 10.917, 11.976 y 12.042, de fechas 10/04/2012, 14/05/2012, 16/09/2014 y 13/11/2014, respectivamente.
Visto así mismo, que con el Memorando antes identificado la entidad Bancaria Banco del Tesoro Banco Universal certifica la cancelación de las planillas de liquidación y pago de tributos nacionales procesadas a través de la oficina ESP. KPMG, ambas bajo los Códigos de Forma 00935, Números de Planillas 04-00007867 y 04-00008075, canceladas en fecha 07/03/2012 por los montos de (Bs. 64.760,30) y (Bs 2.372,96), EL Tribunal considera que ante la ocurrencia de tales hechos se ha producido LA PERDIDA DEL OBJETO, en la presente causa. Así se declara.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese de la presente Sentencia Interlocutoria al ciudadano Sindico Procurador General de la República, al Gerente General de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), y al apoderado judicial de la recurrente VENINFOTEL COMUNICACIONES (VITCOM), C.A
Dada, firmada y sellada, en la Sede del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los seis (06) días del mes de febrero del año dos mil quince (2015), año 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
El Juez Titular.


Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria.


Hilmar Elena Rocha Esaá.

La anterior decisión se publico en su fecha a la (10:30 a.m.) y en fecha Ut Supra se libaron las boletas de notificación.

La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá.









RCJ/HERE/agl
Asunto N°: AP41-U-2012-000031.