SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 026/2015
FECHA 13/02/2015


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
204º y 155°


Asunto: AP41-U-2007-000456

Vista la diligencia suscrita en fecha 10 de febrero de 2015, por el ciudadano Jesús Córdova Vásquez, actuando en su carácter de Abogado Sustituto del ciudadano Procurador General de la República, en Representación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual solicitó que “vista la firmeza de la Sentencia Nº 2104 de fecha 14/01/2014, (…)sea ordenada la ejecución voluntaria en el presente caso (…)”, este Tribunal del análisis de las actas procesales que cursan en autos, observa:

PRIMERO: Que en fecha 14 de enero de 2014, se dictó Sentencia Definitiva Nº 2104, por este Órgano Jurisdiccional mediante la cual se declaró la EXTINCION DEL PROCESO POR PERDIDA DEL INTERES en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente DEPOSITOS CAUCAGUITA, C.A., contra las Resoluciones Nros. 01-10-01-2-26-015581 al 01-10-01-2-26-01-55-98, y 01-10-01-2-26-001948, todas de fecha 16-04-2007, correspondiente a los periodos tributarios de los meses de Enero de 2004 a Junio de 2005, en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA), emitida por la Gerencia de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

SEGUNDO: Las respectivas boletas de notificación fueron consignadas en su oportunidad al contribuyente, Fiscal del Ministerio Publico con Competencia en Materia Tributaria, Procurador General de la Republica y a la Gerencia General del Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de la Administración Tributaria (SENIAT) en fechas 22/01/2014 y 24/01/2014, siendo consignadas a los autos en fechas 23/01/2014 y 27/01/2014 respectivamente.

TERCERO: Que definitivamente firme como ha quedado la prenombrada Sentencia, recaída en el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la contribuyente “DEPOSITOS CAUCAGUITA, C.A.”, este Órgano Jurisdiccional acuerda de conformidad, con lo previsto en el Artículo 280 del Código Orgánico Tributario, se ordena librar boleta de notificación a la contribuyente “DEPOSITOS CAUCAGUITA, C.A.”, a fin de que proceda al cumplimiento o ejecución voluntaria de la Sentencia en mención, para lo cual se le concede el lapso de diez (10) días de Despacho contados a partir de la consignación de su notificación.
La Juez Provisoria,


Ruth Isis Joubi Saghir

La Secretaria


Yuleima Milagros Bastidas Alviarez

Asunto Nº AP41-U-2007-000456
RIJS/YMBA/jlgr