REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

Caracas, diez (10) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 155º

Visto el escrito de pruebas presentado por FRANKLIN JOSÉ ANTUAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número V- 12.214.144, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 166.792, actuando en su propio nombre, parte recurrente en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, pasa este Juzgado a pronunciarse sobre su admisibilidad en los términos siguientes:
I
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR
LA PARTE QUERELLANTE

A- De las documentales:

En relación a las pruebas documentales contenidas en el escrito presentado por la parte querellante, este Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes.-


B- De la exhibición de documentos:

En relacion al punto 10 del escrito de pruebas presentados (F. 336); este Tribunal considera tal petición es de carácter inoficioso, toda vez que, el instrumento mencionado, consta en autos (f. 80 al 272, ambos inclusive del expediente judicial, el cual fue promovido como prueba documental válidamente admitida).






EMERSON LUIS MORO PÉREZ
EL JUEZ






ABG. MAIDELIN PÉREZ G.
LA SECRETARIA TEMPORAL













Exp. Nº 07440.-
ELMP/MPG/Jahc:.