REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 11 de febrero de 2015
Años: 204 y 155

Vista la diligencia de fecha 09.02.2015, suscrita por el abogado ROBERTO PONTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.913, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita la devolución de los instrumentos originales que corren insertos en el presente expediente, desde el folio trece (13) al folio veintisiete (27), ambas inclusive, este Tribunal a los fines de proveer observa: de una revisión a las actas procesales del presente expediente se evidencia que la sentencia dictada el día 29.10.2014, no se encuentra definitivamente firme, al ordenar en el dispositivo la notificación de las partes, motivo por el cual niega lo solicitado por la representación judicial de la parte demandante. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. MARÍA ELVIRA REIS.

EXP. N° AP71-R-2014-000211 (338)