REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once (11) de febrero de dos mil quince (2015)
204º y 155º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-000037
PARTE ACTORA: LUZ AMERICA BLANCO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DALIA COIRAN., IVAN VARELA DELGADO.
PARTE DEMANDADA: BANCO BANESCO UNIVERSAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YESIKA TORREALBA
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESATCIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy once (11) de febrero de dos mil quince (2015), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., en la persona de la ciudadana YESIKA TORREALBA, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 148.911, apoderada judicial de la empresa accionada, carácter el suyo que consta de instrumento poder el cual es consignado en copias simples de seis folios, previa la presentación de su original ad efectum videndi, así mismo, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 155 ° y 204 °.

El Juez

Abg. Juan Carlos Medina


La apoderada de la demandada






La Secretaria