REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 25 de febrero de 2015.-
Años 204° y 155°
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano LUIS GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-3.805.956 asistido por el abogado en ejercicio MIGUEL MAKKEKJI SAYSAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.63.733 y cumplido lo requerido por auto de fecha 25 de septiembre del 2014, este Tribunal ADMITE la presente solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos LUIS GONZALEZ LOPEZ y NELLY JOSEFINA VIRGUEZ DE GONZALEZ, cuanto a lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la ley. En consecuencia, este Tribunal DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 188, 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignada por los solicitantes los fotostatos correspondientes.
LA JUEZ,
MARITZA BETANCOURT.
POR SECRETARIA,
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EXP. AP31-S-2014-007686
MB/____/Royner