REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veinticuatro de febrero de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: AP31-S-2015-001188

Vista la solicitud de Partición Amistosa de la comunicad conyugal presentada en fecha 12 de febrero de 2015, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos ASTRID ALVAREZ AGUIAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.510.664 asistida por el abogado HENRY SANABRIA NIETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 58.596, y por el otro el abogado MAGDIEL SANCHEZ GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 224.765, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILMER RAFAEL PEREZ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.368.724, por medio de la cual solicitan la homologación de la partición amistosa de la comunidad conyugal, este Tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:
Conoce este Juzgado del escrito de PARTICION y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE COMUNIDAD CONYUGAL y sus recaudos presentados por los ciudadanos ASTRID ALVAREZ AGUIAR y WILMER RAFAEL PEREZ BETANCOURT, supra identificados y visto que ambas partes acordaron por la vía amistosa en todas y cada una de las partes la presente partición y liquidación de la comunidad conyugal, en los siguientes términos:
Corresponderá de forma exclusiva a la ciudadana ASTRID ALVAREZ AGUIAR los siguientes bienes:

1) Un bien inmueble destinado a vivienda constituido por una casa y su parcela de terreno señalada con el Nro. 1 del Parcelamiento Los Riscos, Terrazas del club Hípico, con una superficie aproximada de CUATROCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (480,00Mts2), situada en el Municipio Baruta del Estado Miranda ya alinderada así: NORESTE: en línea curva aproximadamente quince metros con cuarenta centímetros (15,40 mts) con la calle Perú de la Urbanización Terrazas del Club Hípico; NOROESTE: en treinta metros (30,00 mts) con terreno del Parcelamiento Los Riscos, destinados a servidumbre de cloacas y drenajes del mismo parcelamiento; SURESTE: en treinta y tres metros (33,00 mts) con la Parcela Nro. 2 y SUROESTE: en diecisiete metros con sesenta centímetros (17,60 mts) con zona verde de la Urbanización Terrazas del Club Hípico. A dicho inmueble le corresponde la Cédula Catastral Nro. 15 3 1 8C 1302 9 22 0 0 1 16 y le pertenece a la Comunidad Conyugal según consta de Documento debidamente protocolizado por ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda en fecha 20 de Diciembre de Dos Mil Seis (2006) quedando anotado bajo el Nro. 8, Tomo 36 Protocolo Primero, que se anexa marcado “C”. El Valor de dicho bien se estima en la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000,00).
2) Un bien inmueble constituido por el apartamento distinguido con el número cuatro letra “B” (Nro. 4-B), situado en la Planta Cuarta(4ª)de las Residencias Marina Encantada, inscrito en la Dirección de Hacienda Municipal adscrita a la alcaldía de Brión del Estado Miranda, bajo el Código Catastral Nro. 22.642. El citado apartamento tiene un área de ochenta y tres metros cuadrados (83 Mts2) y sus linderos son: NORTE: Con fachada Norte del edificio y apartamento tipo A; SUR: Con fachada Sur del edificio y Hall de Circulación; ESTE: Con fachada Oeste del edificio y apartamento tipo A y OESTE: Con fachada Este del edificio y apartamento tipo C y lo componen igualmente el Puesto de Estacionamiento distinguido con el número cincuenta y tres (Nro. 53) y un (1) maletero distinguido con la letra M número Dos (M-2) situados ambos en la Planta Baja de la Residencia y son parte integrales del inmueble y le pertenece a la Comunidad Conyugal por haberlo adquirido según consta de documento protocolizado por ante el Registro Público del Municipio Brión del estado Miranda en fecha 26 de Abril de 2013 quedando inscrito bajo el Número 2011.1042, asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el Nro 228.13.21.4274 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2011, que se anexa marcado “D”. El valor de dicho bien se estima en DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 2.500.000,00).
3) Un inmueble compuesto por el apartamento destinado a vivienda signado con el Nro. C-114 ubicado en el Piso 11 del Edificio Letra “C” del Conjunto Residencial y Comercial Paraíso Las Fuentes ubicado en Jurisdicción de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, avenida Principal de las Fuentes en la Urbanización el Paraíso. Dicho apartamento tiene un área aproximada de Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados con Setenta y Cinco Decímetros Cuadrados (48,75 Mts2), le pertenece un puesto de Estacionamiento situado en la Planta Sótano 1 distinguido con el Nro. 216, el maletero situado en el Sótano 2 distinguido con el Nro. 228 y esta comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Hall de Circulación; SUR: Fachada Sur del Edificio; ESTE: Con el apartamento Nro. C-113 y OESTE: Con el apartamento Nro. C-115. Le pertenece a la Comunidad Conyugal según consta de Documento debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Sexto Circuito Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 29 de Mayo de 2013 quedando anotado bajo el Número 2013.737, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el Nro. 219.1.1.22.3923 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013 que se anexa marcado “E”. El valor de dicho bien se estima en DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.500.000,00).
4) Una Acción del CLUB CAMPESTRE LOS CORTIJOS A.C. distinguida con el Número 0332. Dicha Acción le pertenece a la Comunidad Conyugal según consta de Documento debidamente Autenticado por ante la Notaría Pública Tercera del Municipio Chacao del Estado Miranda de fecha 19 de octubre de 2012 quedando anotado bajo el Nro 17, Tomo 198 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, que se anexa marcado “G”. El valor de dicho bien se estima en QUINIENTOS MILBOLIVARES (Bs. 500.000,00).
5) Un Vehiculo de las siguientes características: Placa: AE491FG; Marca: JEEP; Modelo: GRAND CHEROKEE; Año: 2012; Color: Plata; Serial: N.I.V.: 8Y8RJ5CT0CG005092; Serial de Motor: 8CIL; Clase: Camioneta; Tipo: Sport Wagon; Uso: Particular. Pertenece a la Comunidad Conyugal según consta de CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO NRO. 8Y8RJ5CT0CG005092-2-1 de fecha 22 de Mayo de 2014. El valor de dicho bien se estima en QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00).
6) Un Vehiculo de las siguientes características: Placa: AA178PF; Marca: FORD; Modelo: EPLORER; Año: 2002; Color: Plata; Serial de Motor: 8XDZU73E428A54794; Clase: Camioneta; Tipo: Sport Wagon; Uso: Particular. Pertenece a la Comunidad Conyugal según consta de CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO NRO. 8XDZU73E428A54794-1-2 de fecha 24 de Octubre de 2011. El valor de dicho bien se estima en QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00).
7) Noventa y Nueve (99) acciones en la Sociedad Mercantil INVERSIONES BELLISIMA 2011, S.A. Sociedad Mercantil de este domicilio debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 11 de Abril de 2011 quedando anotado bajo el Nro. , Tomo 84-A Sdo. El valor de dichas acciones se estima en la cantidad de NOVENTA y NUEVE MIL BOLIVARES (99.000,00).
Asimismo, la ciudadana ASTRID ALVAREZ AGUIAR, asume la obligación de cancelar el pasivo existente con ocasión del Préstamo otorgado por el Banco Industrial de Venezuela en razón del Préstamo otorgado para la adquisición del inmueble descrito en el numeral 1ª y sobre el cual se constituyó Hipoteca Convencional de Primer Grado a los fines de garantizar el pago del mismo.
Al ciudadano WILMER RAFAEL PEREZ BETANCOURT se le adjudican en plena propiedad los siguientes bienes:
1) Un inmueble constituido por un apartamento, ubicado en la Planta Baja Nro. 1 del CONJUNTO VACACIONAL CONEXIÓN FLAMINGO y distinguido con el número y letra UNO A 1.A. El referido Conjunto está situado en la calle “B”, primera Etapa de la URBANIZACIÓN FLAMINGO, la cual está ubicada al margen izquierdo de la carretera Nacional Morón Coro en el tramo Tucaras San Juan de los Callos, frente al sitio donde se inicia la carretera que conduce a la población de CHICHIRIVICHE en la Jurisdicción del Municipio Autónomo Monseñor Iturriza del Estado Falcón antes Municipio el Tocuyo y Chichiriviche Distrito Silva del Estado Falcón. El referido inmueble tiene un ára aproximada de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOSCON SETENTA y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (77,75 mts), y sus linderos son: NORTE: Áreas verdes y escaleras de acceso a los apartamentos 1.C y 1.D; SUR OESTE: Áreas verdes, cerca divisoria del conjunto y la calle “B” de la Urbanización; NOROESTE: Con el apartamento 1.B. Le pertenece a la Comunidad Conyugal según consta de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Silva del Estado Falcón en fecha 14 de Mayo de 2004, quedando anotado bajo el Nro. 25, folio 126 al 131, Protocolo Primero, Tomo Séptimo, Tomo Séptimo, Segundo Trimestre del Año 2004. El valor de dicho bien se estima en DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.500.000,00).
2) Una Lancha de las siguientes características: Marca: ROBALO; Eslora: 7 Mts; Manga: 2 Mts; Puntal 0,80 Mts; Motor Marca: EVINRUDE; Serial: G-03207302, 225 HP; Modelo: J225CXATS. Pertenece a la Comunidad Conyugal según consta de factura de compra Nro. 0222, de fecha 28 de Abril de 2005 quedando anotada bajo el Nro. 24, Tomo III. El valor de dicho bien se estima en QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00).

En este orden de ideas, este Tribunal de la revisión de los recaudos consignados y por cuanto la misma no es contraria al orden público, se le imparte su debida HOMOLOGACIÓN en los términos anteriormente expuestos.-
Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.-
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Vigésimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adscrito al Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los Cortijos de Lourdes a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil quince (2015).- Años 204º de la Federación y 156º de la Federación.-
El Juez,

Abg. Víctor Martín Díaz Salas.-
LA SECRETARIA,

JERIMY UZCATEGUI
En esta misma fecha 24 de febrero de 2015, siendo las _______, se dictó y publicó la anterior sentencia previa las formalidades de Ley.- Conste.-
LA SECRETARIA,

JERIMY UZCATEGUI
EXP. Nº AP31-S-2015-001188
ASIENTO LIBRO DIARIO: 56