REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Duodécimo (12°) de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 29 de julio de 2015
205º y 156º

ASUNTO: AP21-L-2015-002198

Visto el escrito que antecede de fecha 23 de julio de 2015 suscrito por las partes (NELSON ABREU VS. CHICAGO WHITE SOX LTD) mediante el cual celebran una TRANSACCION; este Tribunal observa que si bien es cierto comprende conceptos demandados, el pago fue efectuado en divisas extranjeras y los procesos en la República Bolivariana de Venezuela debe ser en moneda de curso legal (Bolívar Fuerte); pues la demanda efectivamente así fue planteada (haciendo referencia a la moneda americana pero con conversión en bolívares para la demanda) mientras que en la transacción, se evidencia que el pago fue realizado mediante transferencia bancaria en dólares americanos en banco extranjero; por tal motivo, no se cumple con lo establecido por la Ley del Banco Central de Venezuela; por lo que este Tribunal niega impartir homologación al acuerdo transaccional suscrito entre las partes.

La Juez


Abg. Neyireé Toledo

La Secretaria


Abg. Corina Guerra