REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, dos (2) de julio de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º
Expediente Nº AP71-R-2015-000552 (608)
Vista la diligencia presentada en fecha primero (1ero) de julio del año en curso, por los abogados KAREMT SANTANDER y ELIO CÉSAR BURGUERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 164.740 y 104.733, en su orden de mención, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y la parte demandada; respectivamente, mediante la cual solicitan se suspenda la causa por treinta (30) días continuos contados a partir de la presentación de la referida diligencia, a los fines de alcanzar un acuerdo entre las partes, este tribunal acuerda proveer de conformidad. En consecuencia, se suspende la causa por treinta (30) días continuos contados a partir del primero (1ero) de julio del corriente año, tal y como lo solicitaron las representaciones judiciales de ambas partes. Asimismo, se les hace saber que vencido dicho lapso, la causa continuará en el estado en que se encontraba al momento de la suspensión. Así se decide.-
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,
Maria Elvira Reis.