REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez de julio de dos mil quince
205º y 156º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-000680
PARTE ACTORA: GUILLERMO LUNA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BLANCA ZAMBRANO CHAFARDET, GLADYS LEÓN
PARTE DEMANDADA: C.A. METRO DE CARACAS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ELENA BARRETO
MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día hábil de hoy diez (10) de julio de dos mil quince (2015), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada C.A. METRO DE CARACAS, en la persona de la ciudadana ELENA BARRETO, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 71.598, apoderada judicial de la empresa accionada, debidamente acreditada en autos; así mismo, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 156 ° y 205 °.
El Juez
Abg. Juan Carlos Medina Cubillan
La apoderada de la demandada
La Secretaria
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