REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: AP21-L-2015-001986


Visto el desistimiento del procedimiento presentado por la parte actora cursante al folio 24-25, a través de su apoderada judicial, la abogada, JEANNY PEÑA URANGA, inscrita en el IPSA N°170.017, el día 22 de Julio de 2014, quien tiene poder suficiente para desistir. En consecuencia, este Tribunal Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, procede a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, manifestado en el presente asunto. Asimismo se deja expresa constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. Así se establece.

La Juez

El Secretario

Abg. Migdalia Montilla

Abg. Karim Mora