REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 7 de julio de 2015.
205° y 156º

Por cuanto el día 2 de julio de 2015, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) de este Circuito Judicial solicitó a este Juzgado Superior la reapertura informática del presente asunto a los fines del ingreso de una diligencia por parte de la representación judicial de la parte actora, lo cual fue autorizado vía telefónica por el Juez de este Tribunal, en virtud que el físico del expediente aún no había sido enviado al Tribunal Supremo de Justicia en espera de la remisión por parte del Departamento de Técnicos Audiovisuales de la grabación de la audiencia oral y pública celebrada, en consecuencia se procede a proveer de seguidas:

Vista la diligencia de fecha 2 de julio de 2015, suscrita por el abogado EFRAÍN SÁNCHEZ BARRIOS, Inpreabogado No. 33.908, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana JUDITH MARGARITA CARRASQUEL ARRECHEDERA, con facultades expresas para desistir según consta de instrumento poder inserto a los folios 16 y 17 del presente expediente, mediante la cual DESISTE del Recurso de Casación interpuesto en fecha 15 de junio de 2015, contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 10 de junio de 2015; en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en tal sentido, por esa razón, una vez se encuentre definitivamente firme el presente auto de homologación, se ordenará la remisión del asunto al Juzgado que corresponda conocer en fase de ejecución de sentencia; todo ello, en el juicio que por indemnizaciones derivadas de accidente, prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue la ciudadana JUDITH MARGARITA CARRASQUEL ARRECHEDERA contra la sociedad mercantil INVERSIONES CHILISAMBIL, C.A. No hay condenatoria en costas.


JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
GÉNESIS URIBE ROMERO
SECRETARIA


Asunto No. AP21-R-2015-000455
JCCA/GU/ksr.