REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, treinta (30) de julio de dos mil quince (2015)
205º y 156º


ASUNTO: AP31-S-2015-004232
SOLICITANTES: LILIA SIMONA BRAVO DE SAYAGO y AIDA GERMANIA BRAVO DE ROJAS, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad Nos. 1.750.615 y 3.300.954 respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES: GONZALO CELTA ROJAS, JENNIFER CELTA VALARINO y NESTOR JOSE RODRIGUEZ CONTRERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 13.718, 64.325 y 150.768 respectivamente.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

I
Conoce este Tribunal de la presente solicitud, presentada por la ciudadana SUE ROJAS MARSICOBETRE, titular de la cédula de identidad No. 5.121.201, actuando en nombre de las ciudadanas LILIA SIMONA BRAVO DE SAYAGO y AIDA GERMANIA BRAVO DE ROJAS, asistida por el abogado NESTOR JOSE RODRIGUEZ CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 150.768, donde solicita la Rectificación de las Partidas de Nacimiento de sus representadas, las ciudadanas LILIA SIMONA BRAVO DE SAYAGO y AIDA GERMANIA BRAVO DE ROJAS, fue presentada por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Petare del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 28 de noviembre de 1928 y 05 de enero 1931, según actas Nos. 356 y 06, en las cuales se colocó por error material el nombre de su madre como CARMEN DOMITILA siendo lo correcto PETRA DEL CARMEN, por lo que la corrección debe versar sobre: donde dice “…CARMEN DOMITILA…”, debe decir “…PETRA DEL CARMEN…”.
En fecha 12 de mayo del 2015, se admitió la solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público, en esa misma fecha se libró edicto.
En fecha 22 de mayo de 2015, compareció la ciudadana SUE ROJAS DE MARSICOBETRE, antes identificada, asistida por la Abogado JENNIFER CELTA VALARINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 64.325, y consignó los fotostatos para la elaboración de la boleta de notificación del Fiscal del Ministerio Público. En esta misma fecha la solicitante otorgó poder a los abogados GONZALO CELTA ROJAS, JENNIFER CELTA VALARINO y NESTOR JOSE RODRIGUEZ CONTRERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 13.718, 64.325 150.768 respectivamente. Asimismo, en esa misma fecha retiró edicto
En fecha 28 de mayo de 2015, se dictó auto mediante el cual se ordenó librar Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 01 de junio de 2015, compareció la abogada JENNIFER CELTA VALARINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 64.325, y consignó edicto publicado en el diario Últimas Noticias.
En fecha 09 de junio de 2015, compareció la ciudadana Vilma Izarra Royero Alguacil adscrita a este Circuito Judicial, consignó boleta de notificación librada al Fiscal Nonagésima Cuarta (94°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, debidamente firmada y sellada.
En fecha 18 de junio de 2015, compareció el abogado FREDDY LUCENA, Fiscal Auxiliar Nonagésimo Cuarto (94°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, mediante diligencia señaló que se cumplieron los extremos de ley correspondiente en la presente solicitud y en consecuencia nada tiene que objetar en cuanto a la misma.
Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO Nos: 356 y 06 de los años 1928 y 1931, que reposan en la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Petare del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, en el siguiente término: donde se lee “…CARMEN DOMITILA…”, debe leerse “…PETRA DEL CARMEN…”.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los treinta (30) días del mes de julio del dos mil quince (2015). Años: 205º y 156º.
LA JUEZ TITULAR,

ABG. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA,

ABG. DALIZ BERNAVI ALVAREZ
En esta misma fecha siendo las diez y cincuenta y tres minutos de la mañana (10:53 a.m.), se registró y publicó la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,

ABG. DALIZ BERNAVI ALVAREZ.