REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, quince (15) de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : AP31-M-2015-000060
OFERENTE: SONIA CAROLINA VILLANUEVA RODRIGUEZ

OFERIDO: METROMERCADO DEL OESTE 2007 C.A. y CONSTRUCTORA MUENTES E HIJOS C.A.
APODERADO DE LA OFERENTE: CARLOS ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 18.169.-
MOTIVO: OFERTA REAL Y DEPOSITO (MERCANTIL)
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.-


Se inició el presente procedimiento mediante escrito de solicitud presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Caracas, en fecha 2 de junio de 2015, quedando asignado en esa misma fecha a este Tribunal.-
Mediante auto de fecha 18 de junio de 2015, se dictó auto mediante el cual se le dio entrada y curso de ley correspondiente a la oferta real.
En fecha 07 de julio de 2015, se recibió diligencia presentada por el abogado CARLOS ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.169, en su carácter de apoderado judicial de la oferente, mediante la cual desistió del procedimiento, siendo procedente impartir la HOMOLOGACION al desistimiento.-
Por las argumentaciones que se han dejado extendidas, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS.-
En cuanto a la devolución de los documentos originales solicitados, se ordena la devolución de los mismos, previa su certificación en autos, para lo cual se insta a la parte interesada a consignar los fotostatos respectivos.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quince (15) días del mes de julio del año dos mil quince (2015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZ,


Abg. FLOR DE MARÍA BRICEÑO BAYONA.-

LA SECRETARIA,

IDALINA PATRICIA GONCALVES
FBB/IPG/Yvette**
ASUNTO: AP31-M-2015-000060