REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve (19) de junio del año dos mil quince (2015)
205º y 156º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-000779
DEMANDANTE: JESÚS ALBERTO CASTILLO
PARTE ACCIONADA: INVERSIONES SPORT NIKOLS C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA: Pedro Zapata
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día hábil de hoy, viernes diecinueve (19) de junio del año 2015, siendo las 12:00 m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma únicamente el abogado Pedro Zapata, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 59.735, actuando como apoderado judicial de la empresa demandada Inversiones Sportnikols C.A. Se deja expresa constancia de la incomparecencia a este acto de la parte demandante Jesús Alberto Castillo, cédula de identidad Nº V-14.954.175, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 205° y 156º.
La Juez,
El Secretario,
Abg. María Mercedes Millán
Abg. Rafael Flores
Apoderado judicial de la parte demandada
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