REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE
CARACAS Y ESTADO MIRANDA

Caracas, 09 de junio de 2015.
204° y 155º


Vista la llamada recibida por parte del licenciado encargado del Departamento de Transporte de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, por medio de la cual indicó que no había recibido oficio alguno de esta instancia judicial requiriendo la asignación de vehículo alguno para el traslado fijado para el día de hoy; por tal motivo esta instancia judicial difiere el traslado fijado para el día de hoy martes 09 de junio de 2015, y le indica a las partes que el mismo será fijado por auto separado previa revisión de la agenda. Así se decide.-

Ahora bien, tomando en consideración lo indicado, esta Juzgadora tiene a bien indicar que el oficio dirigido a la Rectoría de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, fue entregado en fecha 15/04/2015, lo cual consta de sello húmedo del acuse de recibido.
La anterior aclaratoria, se hace con el fin de esclarecer que el inconveniente presentado ha sido por negligencia de esta instancia judicial, quien ha actuado en el proceso de forma coherente y oportuna.
LA JUEZ,

Dra. YOLIMAR HERNANDEZ FIGUERA

LA SECRETARIA,


GRECIA SALAZAR BRAVO









Exp. 4373.-
YHF/gsb.-