REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
205º y 156º
CARACAS, 09 de junio 2015
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la ciudadana ROSA MARÍA CABRERA DELGADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nros. V-1.870.615, y/o en la persona de sus apoderados judiciales ciudadanos JUAN CASTILLO y GUILLERMO SCHMIDMAJER, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 2.659 y 10.816, respectivamente, parte actora. Que éste Tribunal en fecha tres (03) de diciembre de 2013, dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, en el expediente número antiguo AH1C-V-1998-000079, ASUNTO: 0842-12 de la nomenclatura llevada por éste Tribunal, contentivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue en contra de los ciudadanos, PILAR ESTEBAN de DELFINO, GUILLERMO DELFINO ESTEBAN, ALFREDO DELFINO ESTEBAN y ANDRÉS DELFINO ESTEBAN, respectivamente, ampliamente identificados en autos. El referido Cartel de Notificación deberá ser publicado en la cartelera de éste Tribunal y en la del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, y una vez que conste en autos su publicación transcurrirán diez (10) días de despacho para darse por notificados. Cumplidos éstos, comenzará a transcurrir el lapso correspondiente para que las partes ejerzan sus respectivos derechos. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,

Dra. ADELAIDA SILVA MORALES
ASM/SR/10
Asunto Antiguo: AH1C-V-1998-000079
Exp. Nº 0842-12