Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Odalis Emilia Aponte García y José Encarnación Castellano Pérez, titulares de las cédulas de identidad Nros 22.093.073 y 16.073.443, respectivamente, en beneficio de sus hijos: x,x,x,x, y x, por concepto de Obligación de Manutención. Donde el padre de los adolescentes, ciudadano: José Encarnación Castellano Pérez, acordó pasarle la cantidad de un mil quinientos bolívares (Bs.1.500,00) mensuales, que serán consignados a la madre por medio de recibo, en el mes de agosto el padre cubrirá los uniformes y la madre los útiles escolares, en el mes de diciembre los gastos será compartido;
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