REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, diecinueve (19) de marzo de dos mil quince (2015).
204° y 156°
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, se tiene que en el auto que riela a los folios 212 y 213, se incurrió en un error material involuntario al señalar que la fecha del referido auto es 26 de febrero de 2015, cuando lo correcto es 03 de Marzo de 2015, tal como se evidencia del asiento Nº 14 del día 03 de marzo de 2015, que riela al vuelto del folio 95 del Libro Diario Nº 65, llevado por este Tribunal, razón por la cual se subsana dicho error dejando expresa constancia que el referido auto mediante el cual se admitió la demanda de contenido patrimonial interpuesta por la ciudadana AMÉRICA SOLANYER MARTÍNEZ PÁEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad, Nº 6.963.136, debidamente asistida por el abogado AURELIO JOSÉ SILVA CARRASCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.690, por concepto de pago de indemnización de daño moral por violación a los derechos humanos en materia del trabajo, salud, reputación, honor y el derecho a la mujer a una vida libre de violencia por la cantidad de cincuenta millones de bolívares (50.000.000,00) contra la Comandancia General de la Aviación, fue dictado en fecha 03 de marzo de 2015.
LA JUEZA,
Dra. HELEN NAVA DE URDANETA
EL SECRETARIO,
LUÍS ARMANDO SÁNCHEZ
Exp. No. 007604
Abraham