REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 13 de marzo de 2015
204º y 156º
ASUNTO: AH14-V-2006-000208
PARTE ACTORA: sociedad mercantil FONDO COMUN, C.A., BANCO UNIVERSAL, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de enero de 2001, bajo el Nº 17, Tomo 10-A-Pro.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ciudadano JOSE JOAQUIN SILVA NEGRIN, mayor de edad, venezolano, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 48.849.-
PARTE DEMANDADA: sociedad mercantil TECNICOS ASOCIADOS C.A.T.A, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 4 de noviembre de 1986, bajo el Nº 32, Tomo 37-A-Sgdo, y cuya ultima modificación de sus estatutos fue registrada ante la misma Oficina de Registro Mercantil en fecha 5 de febrero de 2004, bajo el Nº 20, Tomo 15-A-Sgdo.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No costa en autos.-
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES
Por cuanto en fecha 22-07-2009 según oficio CJ-09-1312, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, se designó como Juez Provisorio de este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a el Dr. CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ, quien tomó posesión del mismo en fecha 28-07-2009; y en tal virtud procede a avocarse al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra.-
La presente causa se inicia por libelo de demanda consignado por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y en virtud de la distribución fue asignado a su conocimiento, sustanciación y decisión, a este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, quien la admitió por auto de fecha 06 de abril de 2006, ordenándose la citación de la parte demandada para que compareciera ante este Juzgado.-
Posteriormente, en fecha 01 de noviembre de 2006 este Juzgado libró compulsa a los fines de gestionar la citación personal de la parte demandada.-
Efectuado el desistimiento al procedimiento por el ciudadano JOSE JOAQUIN SILVA NEGRIN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 48.849, quien actúa en su carácter de abogada asistente de la parte solicitante, es aplicable en este caso lo establecido en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, que expresa:
ARTICULO 265: “El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento; pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contrario”
En virtud de lo anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO AL PROCEDIMIENTO EFECTUADO en el presente juicio, en los términos expuestos en la diligencia suscrita por el ciudadano JOSE JOAQUIN SILVA NEGRIN, anteriormente identificado, en fecha 2 de julio de 2008, y de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el mencionado DESISTIMIENTO.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 4º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 13 días del mes de marzo de 2015. Años 204º y 156º.
El Juez,
Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
El Secretario
Abg. Oscar L. Medina Coronado
En esta misma fecha, siendo las 9:47 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
El Secretario
Abg. Oscar L. Medina Coronado
Asunto: AH14-V-2006-000208
CARR/OLMC/mv
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