REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS




EL JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 23 de marzo 2015.
204° y 156°

Este Juzgado observa, que para el esclarecimiento de los hechos y poder pronunciar sentencia en el fondo en esta controversia, es menester dictar el presente AUTO PARA MEJOR PROVEER, de conformidad con lo establecido en el numeral 2do del artículo 514 del Código de Procedimiento Civil, pues, resulta indispensable que quien suscribe el presente auto, verificar el Libro de Actas de la empresa MAYOR DE PESCADO A.V.I.S. C.A., por lo que se ordena notificar a la parte demandada en este asunto, ciudadanos GUISSEPPE VIZZARRI VIZZARRI y ALBERTO JOSE VIZARRI VERRATTI, titulares de la Cédulas de Identidad Nos. V-6.979.848 y V-10.489.326, respectivamente, a fin que presenten individual o conjuntamente el citado el Libro de la mencionada empresa al décimo (10mo) día de despacho siguiente a que conste en autos su notificación.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
ALCIRA GÉLVEZ SANDOVAL
JEORGINA MÁRTINEZ

En esta misma fecha, se libró el boleta ordenada en el auto anterior.
LA SECRETARIA,


JEORGINA MÁRTINEZ









Exp No. 00053
No. Antiguo: AH13-M-1996-000002
AGS/JM/ear