REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 25 de marzo de 2015
204º y 156º

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la ciudadana MARÍA DA CONCEICAO FERREIRA VIEIRA DA LUZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº.V.-12.396.346, y/o en las personas de sus apoderados judiciales, los ciudadanos FRANKLIN ROMERO, JAIME VARGAS y ALBA ROSALES, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 68.168, Nº 56.130 y Nº 13.791, respectivamente, en su carácter de PARTE ACTORA, y al ciudadano VÍCTOR GERARDO FIOL ESCOTTO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº.V.-5.967.834, y/o en la persona de su apoderada judicial, la ciudadana MARÍA CASTELLANOS MIRANDA, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 9.786, en su carácter de PARTE DEMANDADA.
Que este Tribunal en fecha cinco (05) de diciembre de 2013, dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, en el expediente número antiguo AH13-V-1999-000013, nomenclatura del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y asunto 0117-12 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la ciudadana MARÍA DA CONCEICAO FERREIRA VIEIRA DA LUZ contra el ciudadano VÍCTOR GERARDO FIOL ESCOTTO, ampliamente identificados anteriormente. El referido Cartel de Notificación deberá ser publicado en la cartelera de este Tribunal y en la del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, y una vez que conste en autos su publicación transcurrirán diez (10) días de despacho para darse por notificados. Cumplidos estos, comenzará a transcurrir el lapso correspondiente para que las partes ejerzan sus respectivos derechos. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
Dra. ADELAIDA SILVA MORALES
ASM/JG/09
Asunto Antiguo: AH13-V-1999-000013
Exp. Nº 0117-12