REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 25 de Marzo de 2015
204º y 156º

Vista la diligencia suscrita por el abogado ALFREDO ORONOZ SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.053, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se revoque parcialmente por contrario imperio, el auto de fecha 09.03.2015 (f 521 al 522), por cuanto en dicho auto se ordenó la notificación a la parte demandada, de la aclaratoria de fecha 27 de febrero de 2015, de la sentencia emanada por este Tribunal Superior en fecha 25.07.2014, por medio de boleta de notificación, y siendo que los codemandados no constituyeron en autos domicilio procesal alguno, este tribunal Superior acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, revoca por contrario imperio el auto dictado en fecha 25.09.2013; en consecuencia este Juzgado Superior Primero, ordena de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, notificar mediante Cartel de notificación a la sociedad mercantil DESARROLLOS 5374, C.A., de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 7 de febrero de 1992, bajo el Nº 71, Tomo 46-A-Sgdo; y los ciudadanos FERNANDO RAMOS ROYO, CARLOS RAMOS ROYO, FRANCISCO MARIÑA TINOCO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cedula de identidad Nº 1.755.888, 1.749.428, 3.141.148, todos codemandados, por si o por medio de cualesquiera de sus apoderados judiciales abogados, ciudadanos JUAN VICENTE ARDILA, DAVID JOSÉ ROSARIO KRANSNER y JUAN VICENTE ARDILA VISCOTI, abogados en ejercicio, e inscritos en el Inpreabogado bajos los Nros 7.691, 17.585 y 73.419, respectivamente, que este Tribunal dictó aclaratoria en fecha 27 de febrero de 2015 de la sentencia emanada por este Tribunal Superior en fecha 25.07.2014, y vencidos diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la consignación y publicación que del cartel se haga en el expediente, se tendrá por notificado.
Dicho Cartel deberá ser publicado en el Diario “El Universal”. Líbrese cartel con las inserciones correspondientes.
LA JUEZ,

DRA INDIRA PARIS BRUNI.
LA SECRETARIA,

ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA.
En esta misma fecha se libro Cartel de Notificación.-
LA SECRETARIA,

ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA
IPB/MAP/julio
Exp. N° AC71-R-2010-000040