REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 09 de Marzo de 2015
204º y 156º
Visto el escrito de fecha 03.03.2015, suscrito por el abogado Alfredo Oronoz Suárez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 137.053, apoderado judicial de la parte actora, donde solicita a esta Superioridad que revoque la notificación de la aclaratoria de fecha 27.02.2015, por cuando las partes se encontraban a derecho desde que fueron notificadas para la reanudación de la causa. Además solicita cómputo de los veinte (20) días de Despacho transcurridos desde la consignación del último cartel de notificación. En consecuencia, este Tribunal ordena practicar cómputo por secretaría de los (20) días de despacho transcurridos desde el 12.01.2015, fecha de la consignación del último cartel de notificación de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 25.07.2014. CÚMPLASE.-
Ahora bien, al haber sido emitida la aclaratoria solicitada fuera del lapso legal establecido, en virtud de los diversos pedimentos efectuados en el presente proceso, lo ajustado a derecho conforme lo dispone el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, es notificar a las partes de dicha aclaratoria a los fines de procurar las garantías de orden Constitucional, referidas al Derecho a la Defensa y el Debido Proceso en la presente causa, motivo por el cual esta Alzada NIEGA la revocatoria de la notificación de las partes de la aclaratoria dictada por este Juzgado el 27.02.2015, la cual forma parte integrante de este proceso judicial.
Libresense las boletas de notificación respectivas, y una vez consten en autos la última de las notificaciones ordenadas en la aclaratoria, comenzara a correr el lapso legal establecido en los artículos 312 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. CUMPLASE.
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARÍS BRUNI
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA
Quien suscribe Abg. MARIELA ARZOLA PADILLA, Secretaria Titular del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, HACE CONSTAR: Que desde el 12.01.2015, exclusive, hasta el 10.02.2015, inclusive, han trascurrido veinte (20) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: trece (13), catorce (14), quince (15), dieciséis (16), diecinueve (19), veinte (20), veintiuno (21), veintidós (22), veintitrés (23), veintiséis (26), veintisiete (27), veintiocho (28), veintinueve (29) y treinta (30) de enero del 2015; tres (03), cuatro (04), cinco (05), seis (06), nueve (09) y diez (10) de febrero del 2015. Caracas, 09 de Marzo del año 2015.-
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA
IPB/MAP/eduardo.-
Exp. Nº AC71-R-2010-000040