REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, dieciocho (18) de marzo de 2015 Años 204° y 156 °
Visto el escrito de informes presentado en fecha cuatro (04) de marzo del corriente año, por el abogado Cristhian Zambrano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N°90813, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, Sociedad Mercantil Inversiones Orfa C.A y, visto igualmente el escrito presentado por la representación judicial de la parte demandada, Hotelera Vikingo C.A y la ciudadana Rosella Canzanese, por conducto de su apoderada judicial, abogada Elsa Rueda Correa, inscrita en el Inpreabogado Nº21680 y, vencido como se encuentra el lapso para presentar observaciones a los indicados informes, sin que haya comparecido ni por si ni por medio de apoderado ninguna de las partes; este Tribunal advierte que, de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los treinta (30) días continuos a partir de esta fecha.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,
Maria Elvira Reis
AP71-R-2015-000126
VJGJ/MR