REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintisiete (27) de marzo de 2015
204º y 156º
Vista la diligencia de fecha 24.03.2015, suscrita por el abogado CARMEN SANCHEZ GONZÁLEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 9665, mediante la cual solicita se designe defensor judicial en la presente causa, este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia se designa como Defensora Judicial a la ciudadana ROSA FEDERICO DEL NEGRO, titular de la cedula identidad Nº 6.153.965, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.408, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 225 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose su notificación:-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA ELVIRA REIS.-
En esta misma fecha, se libró boleta de notificación.-
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS
Exp Nº AP71-S-2014-000040
VJGJ/MER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS, 27 DE MARZO DE 2015
AÑOS 204° Y 156°
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la abogada ROSA FEDERICO DEL NEGRO, titular de la cedula identidad Nº 6.153.965, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.408, que por auto de esta misma fecha este Juzgado Superior acordó su notificación, en virtud, de haber sido designada como Defensora Judicial del ciudadano DENNY ALEJANDRO DE SOUSA JOEIREIRO, titular de la cédula de identidad Nº 14.501.363, en virtud de haber sido admitida la solicitud de EXEQUÁTUR interpuesta por la ciudadana EMILYN ZIOMARA GARCÍA GUTIERREZ, a los fines de que sea concedida fuerza Ejecutoria en Venezuela a la sentencia de divorcio dictada por la Oficina del Registro Civil de Loures, República Portuguesa. Notificación que se le hace a usted, de conformidad con lo establecido en el artículo 225 del Código de Procedimiento Civil, para que un lapso de (3) días de despacho siguiente a la constancia en autos, comparezca a prestar el juramento de ley, o rechazar el cargo recaído en su persona.
Sírvase firmar al pie de la presente boleta en señal de haber sido notificada con indicación de la fecha y la hora.-
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/
Exp. N° AP71-S-2014-000040