REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, tres (03) de marzo de dos mil quince (2015)
204° y 156°
Vistas las actas suscritas por la ciudadana Secretaria de ésta alzada María Reis y el ciudadano alguacil IVÁN RAGA, cursantes a los folios 22 y 24 del presente cuaderno de notificación, en las cuales se evidencia la imposibilidad de notificar al ciudadano GERMÁN ALBERTO GARCÍA PABÓN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.811.926 o en su defecto a su apoderada judicial, abogada ANTONELLA DI CAMPO COLMENAREZ debidamente inscrita en el Colegio de Abogados y en su Instituto de Previsión Social, bajo el Nº 107.562, de la admisión del amparo Constitucional interpuesto por los apoderados judiciales de la COMPAÑÍA ANÓNIMA CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA (fonbienes) para dar así cumplimiento a la orden impartida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en decisión de fecha diecinueve de febrero del presente año y notificada a ésta alzada en ésa misma data a través del correo electrónico del Juzgado. Ésta alzada de conformidad con lo establecido en el artículo 233 de la norma adjetiva civil ordena expedir cartel de notificación a nombre de los ciudadanos ut supra mencionados a los fines que sea publicado en el diario “últimas noticias” con el tipo y tamaño de letra cuya visualización sea de fácil percepción a los fines de garantizar el debido proceso, en consecuencia se acuerda librar oficio al Director Ejecutivo de la Magistratura, Ingeniero Argenis Chávez, con atención a la Unidad de Prensa de dicho organismo, en consecuencia líbrese el respectivo oficio y anéxesele el referido cartel de notificación. CÚMPLASE.
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA ACC.
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA ACC.
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Exp. AP71-R-2014-000479.
LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, tres (03) de marzo de dos mil quince (2015)
204° y 156°
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER
Al ciudadano GERMÁN ALBERTO GARCÍA PABÓN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.811.926, representado Judicialmente por la Profesional del Derecho ANTONELLA DI CAMPO COLMENAREZ debidamente inscrita en el Colegio de Abogados y en su Instituto de Previsión Social, bajo el Nº 107.562, en su condición de demandante, que por auto de esta misma fecha este Juzgado Superior acordó notificarlo por orden impartida de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, del fallo dictado por dicha Sala en ésta misma fecha mediante la cual admitió la acción de amparo Constitucional interpuesto por los apoderados judiciales de la COMPAÑÍA ANÓNIMA CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA (Fonbienes), contra la decisión dictada por éste Juzgado Superior en data ocho (8) de agosto de dos mil catorce (2014) y acordó la medida cautelar de suspensión de los efectos de la Sentencia dictada por ésta alzada mientras durara el presente proceso, de igual manera se le informa que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, cuyo contenido se emplea para el presente caso de manera analógica, se le concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezcan por ante este Juzgado a darse por notificado de la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha diecinueve (19) de febrero de dos mil quince (2015); que cursa en el presente expediente. Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado conforme al artículo antes citado.-
Cartel que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, el cual se emplea de manera analógica en el presente caso por tratarse del procedimiento especial de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-
DIOS Y FEDERACIÓN
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
Exp. AP71-R-2014-000479
LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, tres (03) de marzo de dos mil quince (2015)
204° y 156°
OFICIO Nº
CIUDADANO:
Ing. ARGENIS CHAVÉZ FRÍAS
DIRECTOR EJECUTIVO DE LA MAGISTRATURA.
ATENCIÓN: OFICINA DE PRENSA.
SU DESPACHO
Es un honor dirigirme a usted, en la oportunidad de felicitarlo por la insigne labor que lleva a cabo en nuestra institución la cual ya comienza a vislumbrar cambios en pro de la gran familia del poder judicial y a la vez solicitar sus buenos oficios en el sentido que imparta las órdenes pertinentes a los empleados correspondientes con el objeto que se publique en el diario “ultimas noticias” el cartel de notificación que anexo al presente oficio le remito, ello a los fines de dar cumplimiento a la orden impartida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante decisión de fecha diecinueve (19) de febrero de dos mil quince (2015), de igual manera le solicito que una vez cumplida la misión aquí encomendada en obsequio a la justicia que por mandato de la Constitución Bolivariana todos los jurisdicentes estamos obligados a cumplir, sea remitido a ésta alzada la página del diario en la cual se halle el cartel de notificación que se le solicita publicar. Sin otro particular al cual hacer referencia, le reitero mi respeto y consideración.
Oficio que se libra a los fines legales consiguientes
DIOS Y FEDERACIÓN
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
Exp. AP71-R-2014-000479