REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Noveno (29°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de marzo de dos mil quince (2015)
204° y 156º

ASUNTO: AP21-S-2014-004693


Vista la diligencia presentada por la representante de la parte oferente abogado MAGDIEL SANCHEZ, IPSA N° 224.765, en fecha 17 de Marzo de 2015, en la cual desiste del procedimiento por Oferta real incoado por la empresa INVERSORA PRINCESA VERSAILLES, C.A., a favor del ciudadano JESUS ALFREDO MALDONADO, estando el proceso en etapa de sustanciación, este juzgado HOMOLOGA el desistimiento realizado, en los términos expuestos según lo establecido en los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo las Trabajadoras y los Trabajadores, 11 y 130 parágrafo primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 263 del Código de Procedimiento Civil, por lo que pasados 5 días hábiles se ordenará el cierre y archivo del expediente. Ahora bien en cuanto a que el tribunal deje constancia del pago realizado esto no es posible por cuanto no consta a este tribunal el pago realizado, el cual para ser reconocido por el tribunal debió ser ratificado por el trabajador oferido Así se establece.



El Juez

Secretario

Abog. Gilberto Alfaro

Abog. Mario Colombo