REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 06 de marzo de 2015
204º y 156º
ASUNTO: AP21-L-2015-000389

PARTE ACTORA: ZAIDE BRAVO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 16.618.585.-
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO PEREZ CARREÑO Y OTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.983.
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS INTEGRALES DRG, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No acreditó.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En fecha 11 de febrero de 2015, fue interpuesta la presente demanda, por la ciudadano JESUS PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.983, en su carácter de apoderado judicial de la ZAIDE BRAVO.

En fecha, 20 de febrero de 2015, este Tribunal dictó auto ordenando la subsanación del libelo, notificando a la parte actora en fecha 02 de marzo de 2015, siendo que desde dicha fecha exclusive, comenzó a transcurrir el lapso de dos (2) días para que el mismo presentará su escrito de Subsanación, lapso este que venció el día 05 de marzo de 2015.-

Esta Juzgadora, visto que la representación judicial de la parte actora, no presentó escrito de subsanación alguno en la oportunidad de Ley, declara la Inadmisibilidad de la presente acción y así se decide.-

En razón de lo cual, este Tribunal Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, presentada por la ciudadana ZAIDE BRAVO contra la empresa SERVICIOS INTEGRALES DRG, C.A., ambas partes suficientemente identificadas en autos.-
Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Sustanciación, Mediación Y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los seis (06) días del mes de marzo de 2015. Años 204º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZ,

YRMA ROMERO M.
EL SECRETARIO

CARLOS MENDEZ
En el mismo día de despacho de hoy, previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO

CARLOS MENDEZ