Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Wilian Segundo Méndez González y Rosmely Marian Montilla Santos, por concepto de Obligación de Manutención, procedente de la Defensa Pública de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en beneficio de su hija xxx, en donde el padre se comprometió a cancelar la cantidad de mil doscientos bolívares (Bs. 1200oo) mensualmente, los cuales serán depositados en la cuenta bancaria Nº 01340946330001316148 en relación de diciembre ambos padres se comprometen a costear los gastos de vestido, calzado y presente navideño, respecto a los gastos de medico y medicinas, vestuario, calzado, recreación y otros que requiera la niña los mismos serán cubiertos por ambos padres en proporción del 50% cada uno
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