Visto el escrito de Separación de Cuerpos y Bienes presentado por los ciudadanos NORAIMA BERNARDETTE GONCALVES DE LUCIANI y PRESTON ANTONIO LUCIANI IRIGOYEN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.292.169 y V-8.176.206, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio ZAIRA ROSALES PARRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.575, y los recaudos presentados, este Tribunal le da entrada y ordena anotarlo en los libros respectivos. Ahora bien, a los fines de admitir la presente solicitud se insta a los solicitantes a consignar copias certificadas de las actas de Nacimiento que corren inserta a los folios 7 al 9 ambos inclusive y una vez conste en autos lo peticionado el Tribunal proveerá por auto separado. CÚMPLASE.