REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, Diez (10) de Marzo de Dos Mil Quince (2015)
204º y 156º
ASUNTO: AP31-S-2015-001925
Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos SIMON ERNESTO SANABRIA PEDRIQUE y ANA KARINA JURADO ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-15.665.838 y V.-16.412.122, respectivamente, el primero asistido por el Abogado NELSON NIEVES CROES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 931.791, y la segunda por la abogada GRECIA ELENA MEDINA GARCIA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 148.401, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, de conformidad con lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos SIMON ERNESTO SANABRIA PEDRIQUE y ANA KARINA JURADO ESPINOZA, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 6 de marzo de 2015, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
NELSON GUTIERREZ CORNEJO
EL SECRETARIO
RHAZES I. GUANCHE M.
NGC/RIGM/jhonny.-
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