REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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EN SU NOMBRE
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 3 de Marzo del año dos mil quince 2015.
Años 204º de la Independencia y 156º de la Federación.
Vista la diligencia que antecede, presentada por la parte actora a través de su apoderada judicial Abogada MARIBEL HERNANDEZ, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 38.346, mediante la cual solicita la ejecución voluntaria de la Sentencia dictada el 27 de Enero de 2015 por encontrarse definitivamente firme, este Tribunal a los fines de proveer sobre lo solicitado observa lo siguiente, vista que la referida Sentencia fue publicada en la oportunidad procesal correspondiente y siendo que ha transcurrido integro el lapso para que las partes ejerzan el Recurso de Ley contra dicho fallo, este Tribunal la declara definitivamente firme; en consecuencia le concede a la parte demandada un lapso de tres (03) días de Despacho siguientes al de hoy, a objeto de que la parte demandada cumpla voluntariamente, conforme al artículo 892 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZ,
MARÍA DEL CARMEN GARCÍA HERRERA
LA SECRETARÍA,
ARELIS FALCON
AP31-V-2013-001218
MCGH/AF/lois
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