REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 9 de Marzo de 2015
204º y 156°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos, JOSE RAMON ALVIAREZ MARTINEZ, YAMILET CARABALLO ACOSTA, CESAR ENRIQUE CARABALLO ACOSTA, CARLOS RAMON ALVIARES ACOSTA Y ONEIDA YOULIMAR ALVIARES ACOSTA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.659.608, V-9.958.262, V-10.780.953, V-13.069.591 y V-13.951.548, causahabientes de la de cujus JUANA ALBINA ACOSTA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-3.949.075, fallecido Ab-Intestato, en fecha 02 de enero de 2013, en el Municipio Baruta, Distrito Capital.- Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,

LA SECRETARIA,
MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA.

ARELIS FALCON
Exp. Nº AP31-S-2015-001019
MCGH/AF/LP


Quien suscribe: ARELIS FALCON, Secretaria del TRIBUNAL VIGESIMO PRIEMRO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacto de sus originales, el cual corre inserto en el Expediente distinguido con el N° AP31-S-2015-001019 contentivo de la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos JOSE RAMON ALVIARES MARTINEZ y ONEIDA YOULIMAR ALVIERES ACOSTA. La presente copia es elaborada y certificada por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Caracas, 9-03-2015.- Años 204° y 156°


LA SECRETARIA,


ARELIS FALCÓN








Exp. Nº AP31-S-2015-001019
AF/LP