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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 18 de mayo de 2015
 205º y 156º
 
 ACTA
 
 Asunto Nº AP21-L-2015-000773
 
 Parte demandante: Lisbeth López Monroy
 Apoderado judicial del demandante: Tony Cedeño
 Parte demandada: Corporación C21 C.A
 Apoderado judicial de la demandada:
 Motivo: Cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales
 
 En el día hábil de hoy, lunes 18 de mayo de 2015, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio. Se deja constancia de la comparecencia del abogado Tony Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 130.980, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante. También compareció la abogada Nais Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 16.976, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, según consta del instrumento poder que se consigna en este acto en copias simples, previa verificación del original. Luego, el apoderado judicial de la parte demandante, manifiesta su voluntad de desistir del presente procedimiento. Así las cosas, visto que tal desistimiento no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su aprobación y homologa este desistimiento en los términos expuestos, por lo que se declara concluido el presente procedimiento y luego de transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente. Asimismo, dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 205° y 156º, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
 La Juez,
 La Secretaria,
 
 Abg. Melitza Guilarte Amario
 Abg. Suhail Flores
 
 
 
 Apoderado judicial de la parte demandante
 
 
 
 Apoderada judicial de la demandada
 
 
 
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