REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete de mayo de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: AP21-S-2015-001137

Vista diligencia suscrita en fecha veinticinco (25) de mayo de 2015, por la ciudadana abogada ISABEL PESTANA, inscrita en el I.P.S.A. Nº 178.500, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente ABBOTT LABORATORIES, C.A.; con ocasión a la Oferta Real de Pago planteada a la Oferida ciudadana ARLEMAR CRISTINA CASTRO MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-14.877.419, mediante la cual Desiste del Procedimiento de la Oferta Real de Pago, este Tribunal Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, verifica de las actas procesales en el instrumento poder, la facultad expresa para desistir y procede a HOMOLOGAR el Desistimiento del Procedimiento de la Oferta Real de Pago manifestado. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) informando que se dejó sin efecto el oficio librado en fecha 22 de mayo de 2015 y se dará por terminado el presente asunto. Así se decide.-

LA JUEZA

ABG. RAYBETH PARRA GAVIDIA
LA SECRETARIA

ABG. VIVIANA PÉREZ